lunes, 12 de enero de 2015

Cartas de invitación para ciudadanos no europeos

Hace tiempo que quería contar mi experiencia en este tipo gestión para informaros, pero sobretodo advertiros, de los posibles problemas a los que te enfrentarás a la hora de hacer una carta de invitación, esto siempre y cuando no estés montado en el dólar. Si este fuera tu caso tranquilo! es solo dinero y no tendrás ningún problema. 

Me decidí a escribir sobre este tema porque cada vez que cuento mi problema con este asunto la gente se queda K.O. al no poder entender cómo alguien ilegal pueda pasar con tanta facilidad y tú (ciudadano responsable que quiere evitar problemas y hacer todo legal) te encuentras con tantas trabas en el camino para demostrar que eres tú el que no es un delincuente. 

Cuando por primera vez empecé informándome de los requisitos necesarios para entrar a España lo primero que hice fue informarme en la página web de Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, donde te indican en principio todas y cada una de las posiblidades que se pueden dar para la entrada de forma legal. Ver siguiente enlace:

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/LIMA/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/IELima/Requisitos-Schengen.aspx 

Uno de los requisitos es demostrar cual será tu hospedaje. Para ello tendrás varias opciones:
  1. reserva de hotel, 
  2. contrato de alquiler, 
  3. carta de invitación expedida por una Comisaría de Policía en España en caso de ser invitado por un particular residente en España, etc.). 
  4. reserva gestionada a través de una agencia de viajes acreditadas por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) (originales y una fotocopia A4) en caso de tours organizados. 
Una vez que me encontré con las distintas opciones y que, en mi caso particular, vivo con mis padres y el invitado es mi novio, valoré las distintas opciones y llegaron mis primeros problemas: 

      1. Reserva de hotel. 

Bien, a simple vista parece sencillo. En principio debería ser esa mi mejor opción ya que cuando mi novio viene a verme aprovecho para coger vacaciones e irnos a visitar algún sitio o bien alquilar algún apartamento. Pero ....error! empiezo a cuestionarme algunas cosas...¿debe ser una reserva 100% pagada o puede ser simplemente una reserva?.

Como bien sabréis los qu estáis acostumbrados a usar internet para buscar hoteles , las páginas encargadas de esta búsqueda como Booking, Atrápalo,Travelrepublic, etc., o te cobran un porcentaje del valor del hospedajea la hora de hacer la reserva y luego pagas el resto a la llegada o incluso hay cancelación gratuita con 48h de antelación al día reservado. 

Entonces me surge la primera duda...¿quién puede resolvermela? Pues bien parece ser que esto no está claro para nadie. Evidentemente cuando empiezas a llamar o ir como loco a las comisarias de extranjería para informarte y comparar opiniones (ya sabemos...uno piensa una cosa...otro otra...) efectivamente todos empiezan a decir que con la reserva vale. Entonces llega el momento de plantear tu duda y el cerebro empieza a hacer cortocircuitos: pues...creo que sí...creo que no...(creo = subjetividad ≠ objetividad (lo que yo necesito)). Al final todos me dicen que si es 100% pagada es seguro que vale y lo otro pues...queda en el limbo, es decir, te arriesgas o no. 

Parece ser que las leyes no se modernizan y no se pueden adaptar a la actualidad ya que si el que las hace viera que hoy en día la mayoría de las veces tan solo se reserva y no se paga completamente hasta llegar al hotel (ni aunque quieras pagarlo puedes) tal vez esa subjetividad podría eliminarse y darte seguridad a la hora de hacer las cosas. 

No hablemos de llamar al Consulado del país de origen del invitado...porque...en fin , la información (si se le puede llamar así) deja mucho que desear, por lo menos en mi caso tal vez tienen tanta carga de trabajo que no saben lo esencial: el papeleo que necesita un ciudadano residente en su país para entrar en el país donde tienen el Consulado. En mi opinión, lo básico. 

En fin...dada la subjetividad del asunto y dado que lo que yo quiero es que mi “invitado” no sea expulsado a su país me decido por hacer algo que parece más seguro. La opción 3: “carta de invitación expedida por una Comisaría de Policía en España en caso de ser invitado por un particular residente en España, etc.)” 

       2. Carta de invitación 

Para empezar, solamente podrás solicitar la carta de invitación en el lugar donde estés empadronado. Os aconsejo que siempre que la vayáis a hacer os informéis antes en vuestra comisaria de extranjería ya que los requisitos van cambiando. Como ejemplo, hace un par de años yo aún podía hacer la carta de invitación y se pedían las escrituras de mi casa, el empadronamiento, mi fotocopia del dni, así como una declaración jurada de los propietarios manifestando el conocimiento de la ley en torno a este tema. Estos requisitos cambiaron y actualmente yo no puedo solicitar la carta en mi nombre, no se pide la declaración jurda y las escrituras ahora han cambiado a una nota simple del piso solicitada en el registro de la propiedad (unos 3.60 € ). 

Una vez que entregas todos los papeles, de nuevo más problemas: 

a) La tasa para que te hagan la carta tan solo tendrá un valor de 76 €, y no!, no es de oro, cobre, plata ni firmada por el Rey. 

b) Pueden tardar unos 10 días laborales en entregártela (por lo menos eso indicaba en un cartelito en mi comisaría). Es decir, más te vale que el viaje de tu “invitado” no haya surgido en el último momento ya que básicamente puedes darlo por perdido 

c) La carta tiene que ser enviada a su destinatario vía correos para que la persona al   entrar por la aduana lleve la carta consigo. De nuevo volvemos a caer en la gran modernización del sistema! Es más que sabido que el sistema de correos cada vez es menos usado pero debe seguir a flote gracias a cosas como estas. 
Pues bien, al leer esto, tal vez no le des mucha importancia, pero si pensamos en mandarla a sitios donde los correos pueden o no llegar volvemos a maldecir el sistema. 
Os recomiendo que si no estáis muy convencidos de que la carta llegue bien por la empresa Correos os dirijais a empresas internacionales que se dediquen a ello puesto que Correos puede trabajar muy bien en España pero una vez cruza la frontera ya son otras empresas las que se encargan de seguir con el envío. 
 Como en este tema ya tengo un máster (por no llamarlo otra cosa) os explicaré otra de mis grandes experiencias en este mundo: 
  • Carta mandada por DHL : unos 70 € para el país de envío al que yo lo mandé y 3-4 días laborales 
  • Carta certificada urgente mandada por Correos: unos 6 € y unos 10 días laborales. 
Dado que, como indicaba al inicio de la historia, yo no estoy para nada montada en el dólar, me arriesgo a mandarlo por Correos ya que tengo aún tiempo y supuestamente tengo un número de seguimiento para ver por dónde anda la carta. 
Pues bien, a los 2 días del envío meto mi número de seguimiento en la web de Correos y voilà! nuevo problema! una que la carta sale de España ya no queda registrada. 
Me armo de paciencia y pasados 10 días laborales me dirijo a Correos para informarme de dónde puede estar mi carta. Para empezar la chica me comenta que ella suele decir unos 15-20 días laborales en vez de 10, ya que pueden parar la carta en aduanas y estar allí algunos días ( yo y mi buena suerte! Ya empiezo a hacer cálculos con las fechas y esos 10 días extras laborales hacen que empiece de nuevo mi sufrimiento puesot que ya estaría cerca a la fecha de llegada). En correos no son capaces de decirme dónde está la carta y lo máximo que puedo hacer es poner una reclamación indicándome que hay un plazo máximo de 2 meses para que te contesten. 2 meses!!! Para esa fecha ya no necesito ni la carta, ya no me vale para nada. Correos me dice que manda una reclamación a al empresa que debe tener el correo y que ellos contestarán en ese plazo. 
Pasado unos días y sin cambio alguno, me pongo a buscar “cartas de invitación perdidas” y leo una queja de una chica de valencia que le perdieron la carta de invitación en la que comenta que logró que a traves del twitter de Correos éstos le indicaran la empresa que debía tener mi carta en el extranjero. Una vez sabido esto, yo hice la misma operación. 
Mi novio se pone en contacto con la empresa y le indican que la carta lleva parada dos semanas en el aeropuerto porque no tiene dirección y tras darle los datos le indican que en una semana como máximo la recibirá. 
Lógicamente al decirle eso ...como se suele decir , el asunto ya empieza a oler un poquito mal ya que, evidentemente yo puse en el sobre su dirección, incluso su teléfono y en el caso de que hubieran roto el sobre, en la propia carta indica lo mismo (teléfono y dirección). 
Aún así...mantengo la esperanza, pero al cuarto día sin tener noticias vuelve a llamar y le indican que allí no está que ya debe estar en su ciudad. Al llamar al telefono de la empresa en su ciudad le indican que la carta no está alli, vamos que la carta la han perdido, o lo que es lo mismo, la han robado. 
No es la primera vez que roban este tipo de cartas para utilizarlas de forma ilegal y, en este caso, es evidente y queda más que demostrado. 
Esto me lleva a seguir demostrando que es necesario que esto cambie. Si la carta no se mandara por correo y la forma válida fuera el registro informático de ésta, no daría lugar a este tipo de robos. Cuestión ¿por qué no lo evitan actualizando los medios para ello? Ojalá algún día alguien me pueda dar la respuesta. 


Pues bien, una vez que ya tengo pruebas de que la carta se ha perdido (ha volado), me dirijo a la Comisaria de extranjería para ver qué puedo hacer. 

En otra ocasión pensé que había perdido la carta y me indicaron que si se perdía tendría que hacer una nueva pagando de nuevo la tasa de unos 80 € y que eso es así sí o sí. Tras mi lógica indignación consulto distintas fuentes y me indican que en una comisaria en concreto lo que hacen es hacerte un nuevo soporte (unos 6 €) de la misma carta o bien hacerte una nueva sin coste alguno ¿por qué en una no y en otra sí?. Si en una lo hacen es porque realmente podrían hacerlo en todas ¿no?. Tras comprobar en mi comisaría que la información que indicaba era cierta me indican que espere unos días para ver si me llegaba y si no que volviera. Finalmente me llegó por lo que la cosa se quedó ahí. 

Al recordar esto, me dirijo a la comisaría y me indican que se pierden muchas cartas por eso siempre recomiendan que se mande, como he dicho anteriormente, por una empresa de envío internacional. 

Una vez le explico toda mi historia a la policia encargada de las cartas (por cierto muy amable y comprensiva con la situación) me comenta que debo hacer una nueva carta pagando de nuevo la tasa. Le indico lo que me pasó en la otra ocasión y finalmente, tras consultarlo, deciden hacerme la carta con un nuevo soporte en el acto, previo pago de 6 €. 

Finalmente, mandé la carta por DHL evitando nuevos problemas. 

Por fín logré que cambiara algo. Espero que a partir de ahora a las personas que le ocurra lo mismo que a mí , me conformo con que al menos sea en mi comisaría, que les den la oportunidad de elegir esta otra opción. Por lo menos que mi sufrimiento y el de mi familia (en especial el de mi madre que al final es la invitadora y la que me ha acompañado a todos los sitios) valga para cambiar algo.